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Subsidio de adulto mayor
Subsidio de adulto mayor.
Colprensa

¿Hasta cuándo hay plazo para reclamar el subsidio de adulto mayor?

En Ibagué son mas de 18 mil los beneficiarios

Con el fin de ayudar económicamente a la población adulta del país en medio de la emergencia sanitaria a causa de la Covid-19, el Gobierno Nacional anunció que se extendió el plazo para reclamar este subsidio hasta el próximo 18 de agosto.

En Ibagué, son en total 18.890 ibaguereños de la tercera edad que se benefician con el programa Colombia Mayor, quienes podrán acercarse a cualquiera de los puntos autorizados Gana Gana.

Se entregará la suma consolidada de $ 160.000, que incluye la nómina de julio, más una transferencia monetaria excepcional ordenada por el Gobierno Nacional por medio del decreto legislativo número 814 del 2020.

“Las personas que realicen el cobro deben hacerlo con su tapabocas, así como tener un razonable distanciamiento social en las filas de espera”, dijo Francy Salazar, secretaria de Desarrollo Social Comunitario.

Para el cobro a través de terceros autorizados, se debe presentar la siguiente documentación en el punto de pago:

  •  Original de la autorización de pago suscrita por el beneficiario del subsidio.
  •  Original de la cédula de ciudadanía del beneficiario del subsidio.
  •  Original de la cédula de ciudadanía del tercero autorizado.

 

Es de recordar que el Programa de Protección Social al Adulto Mayor, “Colombia Mayor”, tiene como objetivo aumentar la protección a los adultos mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la indigencia o en la extrema pobreza, a través de la entrega de un subsidio económico mensual.

“Colombia Mayor” se desarrolla en 1.107 municipios y 3 inspecciones departamentales, cuenta con más de 1 millón 698 mil beneficiarios en el programa y es apoyado por las alcaldías municipales, quienes cumplen un papel fundamental en la ejecución y seguimiento del programa.

Los subsidios del Programa Colombia Mayor se entregan bajo estas dos modalidades:

1. Subsidio económico directo: son recursos que se giran directamente a los beneficiarios a través de la red bancaria o de entidades contratadas para este fin.

2. Subsidio económico indirecto: son recursos que se otorgan en Servicios Sociales Básicos, a través de Centros de Bienestar del Adulto Mayor y Centros Diurnos.

Fuente
Alerta Tolima
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