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Pico y placa en Bogotá
Bogotá, una de las ciudades más afectadas por la pandemia.
Colprensa

Pico y Placa en Bogotá: así será la medida entre el 5 y el 11 de octubre

Los comparendos económicos se reanudarán el próximo 6 de octubre.

En el marco de la ‘nueva normalidad’ que se lleva a cabo en Bogotá, el pasado 22 de septiembre se reanudó la medida de Pico y Placa, que había sido suspendida por la cuarentena obligatoria debido al coronavirus.

Si bien la restricción continuó bajo el modelo de placas pares e impares, en la ciudadanía aún hay dudas de cómo aplicará la medida en esta semana que inicia y que irá del lunes 5 al domingo 11 de octubre.

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Pico y Placa

  • Lunes 5 de octubre: 1 – 3 – 5 – 7 – 9
  • Martes 6 de octubre: 2 – 4 – 6 – 8 – 0
  • Miércoles 7 de octubre: 1 – 3 – 5 – 7 – 9
  • Jueves 8 de octubre: 2 – 4 – 6 – 8 – 0
  • Viernes 9 de octubre: 1 – 3 – 5 – 7 – 9
  • Sábado 10 de octubre: no hay Pico y Placa
  • Domingo 11 de octubre: no hay Pico y Placa

El horario de la aplicación de la restricción es de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 3:00 p.m. a 7:30 p.m.

Es importante recordar que desde el próximo martes 6 de octubre se reanudarán los comparendos económicos por no cumplir la medida. El valor a pagar equivale a 15 SMMLV, es decir, 438.000 pesos.

Asimismo, tenga en cuenta que entre las nuevas excepciones al Pico y Placa están:

  • Vehículos híbridos
  • Personal de salud
  • Vehículos cuyos propietarios hayan accedido al Pico y Placa Solidario
  • Vehículos con tres o más ocupantes

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Estas se suman a las ya establecidas por el Distrito:

  • Vehículos eléctricos
  • Caravana presidencial
  • Vehículo de servicio diplomático o consular
  • Carrozas fúnebres
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado
  • Vehículos de emergencia
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios
  • Vehículos destinados al control del tráfico y grúas
  • Vehículos de control de emisiones y vertimientos
  • Motocicletas
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección
  • Vehículos de medios de comunicación
  • Vehículos de autoridades judiciales
  • Vehículos de transporte escolar
  • Vehículos particulares tipo automóvil, campero y camioneta, destinados a la enseñanza automovilística

Ahora bien, para que las cámaras no lo detecten como infractor, si usted hace parte de las nuevas excepciones, deberá primero registrarse en la página web de la Secretaría de Movilidad.

Fuente
Sistema Integrado Digital
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