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La modalidad de teletrabajo sigue creciendo en el mundo
La Ley establece unos días compensatorios que pueden recibir los trabajadores en Colombia.
Imagen de referencia (Ingimage)

¿Qué días compensatorios pueden recibir los trabajadores en Colombia durante el 2024?

La Ley establece unos días compensatorios que pueden recibir los trabajadores en Colombia.

Con la llegada de Gustavo Petro como nuevo presidente de Colombia, se han presentado una serie de modificaciones por parte del Ministerio del Trabajo en cuanto a las condiciones y los horarios en los que laboran los empleados.

Más allá de que se aprobó la reducción en la jornada laboral, definida a través de la Ley 2101 de 2021, existe otro beneficio hacia los trabajadores, el cual está asociado con los descansos remunerados que puede gozar durante el mes y que está establecido en el Código Sustantivo de Trabajo.

Eso sí, con la entrada en vigencia de la nueva ley también se elimina el Día de la Familia a partir de 2024. Este se le brindaba a los trabajadores para que pudieran descansar y compartir tiempo con sus seres queridos, pero este solamente se podía disfrutar dos veces al año.

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En su lugar, el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo aborda un parágrafo con respecto al trabajo ocasional, en el cual un empleado labora hasta dos domingos y festivos durante el mes. En caso de que sean hasta tres, se entiende como trabajo habitual.

En este punto, el artículo 181 define lo siguiente: "El trabajador que labore habitualmente en día de descanso obligatorio tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado, sin perjuicio de la retribución en dinero".

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En ese orden de ideas, el empleado puede concordar directamente con su empleador el día en el que desee tomarse su descanso, puede ser incluso uno hábil. Esto además no afecta el pago de nómina, pues la Ley establece que esta jornada también debe ser remunerada.

Esto también se puede acordar en el caso de que una persona trabaje excepcionalmente en el día de descanso obligatorio, definido en el artículo 180 del Código Sustantivo de Trabajo, o bien puede solicitar una retribución en dinero.

Fuente
Antena 2
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