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Requisitos para el cobro del programa Colombia Mayor en agosto
Requisitos para el cobro del programa Colombia Mayor en agosto.
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Colombia Mayor: así puede cobrar el subsidio y requisitos para recibir el dinero en agosto

Desde el pasado jueves 10 de agosto se ha dado comienzo a la distribución de este nuevo ciclo de pagos.

Finalizado el 2 de agosto, se ha concluido con el desembolso correspondiente al sexto ciclo del programa Colombia Mayor. En vista de ello, los ciudadanos de avanzada edad que reciben este respaldo económico se encuentran ansiosos por conocer cuándo se dará inicio a la ejecución del séptimo ciclo, con el fin de prepararse adecuadamente para percibir sus asignaciones.

De acuerdo con un comunicado emitido por el Departamento de Seguridad Social, desde el pasado jueves 10 de agosto se ha dado comienzo a la distribución de este nuevo ciclo de pagos. Asimismo, se ha recordado a los beneficiarios que tienen la opción de acercarse a los puntos de Súper Giros y la red de colaboradores asociados con la mencionada compañía para efectuar el cobro correspondiente. Es importante tener en mente que la fecha límite para realizar este trámite es el jueves 24 del mismo mes.

Es oportuno mencionar que para aclarar cualquier incertidumbre y obtener detalles con respecto a la entrega de los fondos, se puede acceder a informaciones y resolver dudas en el centro de documentación del Departamento de Prosperidad Social. Dicha entidad brinda el espacio para plantear preguntas sobre fechas y sitios cercanos para llevar a cabo la operación de cobro.

Resulta fundamental que los beneficiarios estén al tanto de que recibirán mensajes en sus números de teléfono móvil por parte de la entidad, notificando los lugares y las fechas en que podrán percibir dicho beneficio.

¿Quiénes son elegibles para recibir el subsidio de Colombia Mayor?

La información oficial provista por el Departamento de Prosperidad Social ha revelado que un total de 1.622.175 personas están autorizadas para recibir estos recursos. Se asignarán en total 138.600 millones de pesos en fondos con el propósito de asistir a la población de edad avanzada que se encuentra en circunstancias de vulnerabilidad.

Aquellos interesados en obtener esta ayuda deben cumplir con ciertas condiciones y previamente registrarse. Estas son las especificaciones que se deben satisfacer:

Ser ciudadano colombiano.

Haber residido en Colombia durante los últimos 10 años.

Tener una edad mínima que sea al menos tres años menor a la requerida para optar por una pensión de jubilación (actualmente 57 años para mujeres y 62 años para hombres).

No contar con ingresos o rentas suficientes para subsistir. De acuerdo con el Sisbén IV, se tomarán en cuenta los niveles de los grupos A y B, así como el subgrupo C1.

Similar a otros subsidios administrados por el gobierno nacional, como es el caso específico de la Devolución del IVA, se estipula que el monto de pago para este séptimo ciclo será de 80.000 pesos para las personas de edad avanzada registradas y autorizadas para recibir este respaldo.

Por medio de un comunicado oficial, el Departamento de Prosperidad Social ha declarado: “El Gobierno nacional ha unificado el valor del subsidio mensual del Programa Colombia Mayor en ochenta mil pesos ($80,000) para todos los beneficiarios a nivel nacional. En el caso de Bogotá D.C., los beneficiarios del Programa Colombia Mayor reciben, además del valor del subsidio citado anteriormente, una suma adicional cofinanciada por el Distrito”.

Instrucciones para acceder al subsidio Colombia Mayor

Los individuos de la tercera edad interesados deben dirigirse a la Alcaldía de su respectivo municipio portando su documento de identidad (cédula de ciudadanía) original y en formato físico. En dicha oficina, deberán buscar la denominada Oficina de Atención al Adulto Mayor. En Bogotá, también pueden llevar a cabo este procedimiento en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social.

Un funcionario en la Alcaldía Municipal o distrital se encargará de verificar que se cumplan las condiciones y requisitos, comprobando el número de cédula. Luego, procederá a completar los formularios y documentos necesarios para el registro en el Sistema de Información de Colombia Mayor. También se verificarán las bases de datos para asegurarse de que la persona no esté ya inscrita y sea apta para el subsidio.

Una vez los criterios de priorización estén definidos y se utilicen para determinar el orden en que se asignarán los cupos, una vez estos estén disponibles, se autorizará al beneficiario para recibir su pago. Todo debe quedar debidamente registrado en el sistema para habilitar los desembolsos.

Criterios de priorización para otorgar el subsidio Colombia Mayor

Edad del solicitante.

Puntaje en el Sisbén o posición en el censo.

Discapacidad física o mental.

Personas a cargo del solicitante.

Ser un adulto mayor viviendo solo y sin dependencia económica de otros.

Perder el subsidio de aporte a la pensión al cumplir 65 años y carecer de los recursos para continuar aportando al sistema. El beneficiario debe manifestar su intención de aportar a la pensión. Este criterio aplica cuando al ciudadano le faltan un máximo de 100 semanas de cotización.

Haber perdido el subsidio por traslado a otros municipios.

Fecha de solicitud de inscripción en el programa en el municipio respectivo.

* Este contenido fue escrito y producido por una Inteligencia Artificial
 

Fuente
Antena 2

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