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Pensionado en Colombia
Hay una forma de acceder a la pensión con solamente 50 semanas cotizadas.
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¿Qué se necesita para obtener la pensión en Colombia con solo 50 semanas cotizadas?

Hay una forma de acceder a la pensión con solamente 50 semanas cotizadas.

Según lo establece la Ley en Colombia, para que una persona se pueda jubilar debe cumplir una edad mínima y tener unas semanas cotizadas en su fondo de pensiones. En el caso de los hombres, son 1.300 semanas y 62 años, mientras que las mujeres deben tener 1.150 semanas y 57 años.

Sin embargo, existe una forma en la que un trabajador puede pensionarse antes de cumplir este tiempo: se trata de la pensión por invalidez, mediante la cual una persona no cuenta con las suficientes capacidades, tanto físicas como mentales, para ejercer su labor.

Esto normalmente sucede en los casos cuando una persona sufre una enfermedad o un accidente por el cual pierde gran parte de sus capacidades para trabajar con normalidad. Esta circunstancia puede ser por origen común (enfermedad) o por origen profesional (por causa de la labor ejercida).

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¿Cuáles son sus requisitos?

Para que una persona tenga derecho a recibir esta pensión, debe cumplir con los requisitos establecidos por la Unidad General de Pensiones y Parafiscales:

  • Debe contar con una pérdida de capacidad laboral igual o mayor al 50%:
  • Si esta es de origen común, el trabajador debió haber cotizado como mínimo 50 semanas en su fondo de pensiones tres años antes de sufrir este incidente.
  • En caso de que sea de origen laboral, este debe estar afiliado a la ARL (aplica solamente para quienes están en ISS ARL – POSITIVA).

Si un trabajador cumple con estos requisitos, debe presentar los siguientes documentos para tramitar la solicitud de invalidez.

  • Formulario único de solicitudes prestacionales: este lo puede descargar a través de la página web de la UGPP.
  • Fotocopia del documento de identidad
  • Registro civil de nacimiento
  • Dictamen de invalidez: este debe ser remitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez o en su defecto por la Junta Nacional de Calificación de Invalidez.

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Una vez reúna estos documentos, los puede radicar desde la oficina virtual de la UGPP o bien en el punto de mensajería presencial ubicado en Bogotá.

Fuente
Antena 2

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